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EL SALVADOR

Informes de País sobre Prácticas de Derechos Humanos - 2003
Emitido por la Oficina de Democracia, Derechos Humanos y Trabajo
Febrero 25, 2004

El Salvador es una democracia constitucional multipartita con una Organo Ejecutivo encabezado por un Presidente, y un Organo Legislativo unicameral y un Organo Judicial independiente. En 1999, los votantes eligieron al Presidente Francisco Flores de la Alianza Republicana Nacionalista (ARENA) para un período de 5 años. En elecciones libres y justas en marzo, el Frente Farabundo Martí de Liberación Nacional (FMLN) ganó una pluralidad de curules en la Asamblea Legislativa. ARENA negoció con el conservador Partido de Conciliación Nacional (PCN) para mantener una mayoría funcional. . Otros dos partidos políticos también están representados en la Asamblea. El Organo Judicial es constitucionalmente independiente; sin embargo, muchos jueces todavía son susceptibles a influencias políticas.

La Policía Nacional Civil (PNC) mantiene la seguridad pública; el Ministerio de Defensa es responsable de la seguridad nacional. La Fuerza Armada apoya algunas patrullas de la PNC en las áreas rurales y también provee apoyo a las agencias del orden público en actividades específicas, incluyendo esfuerzos anti narcóticos y adiestramiento en las escuelas reformatorias para delincuentes juveniles. Las autoridades civiles mantienen control efectivo de las fuerzas de seguridad. Algunos miembros de la policía han cometido abusos de derechos humanos.

La economía libre mercado se basa mayormente en servicios, agricultura y manufactura. La población del país es sobre 6.5 millones. Aunque la agricultura constituye sólo el 8.7 por ciento del producto interno bruto (PIB), es la fuente mayor de empleo, contratando el 20 por ciento de la fuerza laboral total del país (la cual se estima en más de 2.5 millones de personas). El café y el azúcar son los principales productos de exportación, y antiguamente eran la fuente mayor de divisas extranjeras. La caída sostenida del precio del café ha deprimido la actividad en el sector, y ahora las fuentes principales de divisas extranjeras son ahora las remesas familiares y las exportaciones de las maquilas. Según el Consejo Salvadoreño del Café, la baja en los precios del café desde la cosecha del 1999-2000 ha reducido aproximadamente 135,790 empleos en la zafra cafetalera 2003-2004. El sector manufacturero, que contribuye al 24 por ciento del PIB, emplea 18 por ciento de la fuerza laboral. El sector textilero, particularmente las plantas de maquila (depósitos de perfeccionamiento) en las zonas francas (ZLCs) representan como un 20 por ciento del empleo en el sector manufacture, siendo además la fuente principal de nuevos empleos. La economía es abierta, y se respeta la propiedad privada . La tasa de crecimiento económico real alcanzó el 2 por ciento durante el año con una inflación de 2.5 por ciento. La tasa oficial de desempleo promedió 6.3 por ciento durante el año; sin embargo, la tasa de subempleo (menos que empleo a tiempo completo o ingreso total menor que el salario mínimo) fue estimada en aproximadamente 36.6 por ciento. En enero y febrero de 2001, dos terremotos causaron la muerte de 1,100 personas, dejaron más de 1.2 millones de personas sin vivienda, y causaron más de 1,900 millones de dólares en daños. Según la Dirección de Estadísticas y Censo del Ministerio de Economía , durante el año aproximadamente 36.1 por ciento de la población vivía debajo del nivel de pobreza, comparado con 38.8 por ciento en el 2002. En el 2001, el dólar se convirtió en la moneda oficial.

El gobierno generalmente respeta los derechos humanos de los ciudadanos; sin embargo, hubo problemas significativos en algunas áreas. Algunos asesinatos de alegada motivación política estaban bajo investigación a fin de año. No hubo informes de desapariciones de motivación política. Algunos policías usaron fuerza excesiva y maltrataron a detenidos; a veces la policía arrestó arbitrariamente y detuvo a personas sin causa adecuada. Las condiciones en las prisiones continúan siendo pobres, y el asinamiento continúa siendo un problema. Detenciones prolongadas con antelación al juicio continúan siendo un problema.

El Organo Judicial continúa siendo ineficiente y obstaculizado por la corrupción, aunque la Corte Suprema y la Fiscalía General de la República tomaron algunas medidas durante el año para lidiar con la corrupción e ineficiencia en el Organo Judicial. La corte destituyó a 39 jueces que no habían cumplido con los requisitos para sus grados académicos. Algunos jueces destituídos alegaron que algunos de sus colegas habían sido retenidos en sus posiciones en la rama judicial gracias a sus vínculos políticos, económicos y otros. La impunidad de los ricos y poderosos continúa siendo un problema. La violencia y la discriminación en contra de las mujeres continúan siendo un problema serio. La discriminación en contra de los discapacitados también continuó siendo un problema. El abuso de menores, el empleo de menores y la prostitución infantil también fueron problemas. El gobierno no protegió adecuadamente el derecho de los trabajadores a organizarse y negociar colectivamente. El tráfico de mujeres y niños fue un problema.

RESPETO POR LOS DERECHOS HUMANOS

Sección 1 Respeto por la Integridad de la Persona, Incluyendo el Derecho de no ser sujeto de:

a. Privación Ilegal o Arbitraria a la Vida

Hubo algunos informes de asesinatos por motivación política por agentes de partidos políticos. La Inspectoría Gneral de la PNC (IG) recibió denuncias de que 57 policías estaban involucrados en asesinatos comparado con 12 alegaciones en el 2002. A fin de año, las autoridades estaban discerniendo si los oficiales policiales habían actuado criminalmente o en cumplimiento del deber. Durante el año, la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH) dictaminó que agentes de la PNC fueron responsables de una muerte ilegal y de 17 casos de abuso físico.

En enero, Alvaro Centeno Calvio, un miembro del FMLN, murió en Ahuachapán durante la campaña electoral de elecciones legislativas y municipales. Según un diputado del FMLN, Centeno Calvio murió después de haber sido impactado en la cabeza por una roca durante una confrontación entre el FMLN y ARENA, el partido del gobierno. Según Medicina Legal, Centeno muró de múltiples heridas. En febrero, la policía arrestó a Francisco Zarceno Rodríguez, José Ernesto Martínez Ríos y José Guillermo Solito Escobar, todos los cuales eran miembros de maras. La policía y la Fiscalía General (FG) alegaron que 15 o 20 miembros de maras no afiliados con ARENA asesinaron a Centeno. Un Juzgado absolvió a Francisco Zarceno porque las heridas faciales que él le infligió a Centeno no fueron la causa de la muerte. La Corte sentenció a nueve personas, incluyendo a José Ernesto Ríos y a José Guillermo Solito Escobar.

No había información disponible de fuentes gubernamentales sobre el juicio de personas por la muerte a balazos en septiembre de 2002 de Darwin López.

En julio de 2002, un atacante no identificado le disparó y mató a Nelson Alfonso Argueta Amaya, presidente de la Federación Nacional de Miembros Desmovilizados de la Milicia de la Época de la Guerra Civil (Ex- Patrulleros). El fiscal inicialmente identificó varias posibles motivaciones para el crimen, incluyendo una disputa personal sobre el liderazgo de la organización por la víctima. A pesar de acusaciones en la prensa, no hubo evidencia de una motivación política. La investigación continuaba a fin de año.
La PDDH recibió 16 denuncias de asesinatos ilegales o atentados cometidos por la policía durante el año.

En agosto, La Sala de lo Penal de la Corte Suprema anunció que estaba estudiando la sentencia condenatoria por homicido culposo y pena privativa de libertad de 10 años y 8 meses en prisión, impuesta en marzo de 2002 al cadete de la escuela de aviación de la Fuerza Aérea Carlos Mauricio Melara por la golpiza y muerte en el 2001 del compañero cadete Erick Mauricio Peña Carmona para establecer si el crimen fue homicidio culposo o doloso. En noviembre, la Cámara de lo Penal ordenó que un juzgado de instrucción debía procesar a Carlos Mauricio Melara y a César Humberto Dorat, previamente exonerados por el juzgado, por homicido doloso.

Un total de 28 reclusos murieron en prisión debido a violencia o enfermedad durante el año, comparado con 19 reclusos en el 2002.

El juicio del capitán de policía Mariano Rodríguez Zepeda por el tiroteo de 1998 de José Antonio Navidad Villalta fue reprogramado para julio de 2004.

En enero, la Corte Suprema rehusó otorgar el amparo a los abogados que presentaron una querella por la dilatación ilegal de justicia a favor de seis sacerdotes jesuitas, una ama de llaves y su hija que fueron asesinados en 1989. Los abogados alegaron que la decisión de la corte era contrario a la Constitución, y en noviembre, ellos presentaron el caso a la Comisión Inter Americana de Derechos Humanos.

B. Desaparecimiento

No hubo informes de desaparecimientos motivados por motivos políticos o de involucramiento policial en secuestros durante el año.

La mayoría de los desaparecimientos fueron secuestros por rescate. Según las estadísticas policiales, 8 personas fueron secuestradas durante el año, comparado con 19 secuestros en 2002 y 49 en 2001.

A fin de año, la Corte Suprema no había admitido revisar el caso sobre la exoneración por el tribunal disciplinario de la PNC en agosto de 2002 de la sargento de la PNC Tomasa Reyes Alvarado. Según la Corte, los peticionarios no habían presentado la solicitud de revisión en debida forma ; el veredicto de exoneración de la Cámara de lo Penal fue sostenido. Además de Reyes Alvarado, el ex sargento de la PNC José Azcunaga Segura y un civil no habían sido enjuiciados por el secuestro en 2000 de una pareja en Sonsonate.
La Asociación Pro-Búsqueda de Niños Desaparecidos como Resultado del Conflicto Armado (Pro-Búsqueda) investigó 150 casos (de 450) de niños desaparecidos y localizó a 13 niños viviendo en El Salvador, los Estados Unidos, Francia e Italia, a quienes ellos ayudaron a reunificar con sus padres biológicos. En julio, Pro-Búsqueda se reunió con la Comisión de la Familia de la Asamblea Legislativa y reintrodujo un proyecto de ley para la creación de una comisión nacional para investigar los casos de niños que desaparecieron durante la guerra civil de 1980-92. En la reunión, el Procurador General de la República se comprometió a estudiar la constitucionalidad del proyecto de ley y, en agosto, presentó una opinión favorable. Además, la Comisión de la Familia de la Asamblea Legislativa ordenó a su departamento legal a presentar una opinión. A final del año, el departamento legal no lo había hecho.

En octubre, Amnistía Internacional acusó al gobierno de no asumir sus responsabilidades bajo los Acuerdos de Paz de investigar los casos de niños que desaparecieron durante la guerra y cuyos paraderos permanecen desconocidos.

C. Tortura y Otros Tratos o Castigos Crueles, Inhumanos o Degradantes
La Constitución prohíbe dichas prácticas. Durante el año, la PDDH recibió una denuncia alegando tortura por un oficial de la policía. Hubo alegaciones que algunos miembros de la PNC usaban fuerza excesiva o de otra forma maltrataban a los detenidos.

En octubre, la PDDH informó que un menor fue torturado en una estación de la PNC en Apopa. Según la PDDH, los agentes de la PNC torturaron al menor en represalia por anteriormente haber acusado a la policía de haberle golpeado durante un arresto. Según la IG, hubo insuficiente evidencia para considerar el caso como uno de tortura; fue catalogado, por el contrario, como uno de procedimiento irregular de ejecución de la ley.
En octubre de 2002, la policía detuvo a un sub-inspector local de la PNC, Abel Hernández Cortez, bajo cargos de haber torturado y lesionado gravemente a José Antonio Domínguez. En marzo, el IG de la PNC informó que había cerrado el caso después de que un juzgado de instrucción exonerara a Abel Hernández Cortez en febrero. La corte fundamentó su decisión en la falta de evidencia.

A fin de año, la IG de la PNC había cerrado un caso en contra de oficiales de la PNC acusados de detener y agredir a 7 miembros de la Asociación Salvadoreña de Empleados Municipales que estuvieron bloqueando ilegalmente el tránsito en apoyo a una huelga en noviembre de 2002. la IG determinó que la policía anti-motines había utilizado sólo la fuerza necesaria en contra de los que protestaban.

En diciembre, la IG exoneró a 2 oficiales de la PNC en el tiroteo no mortal de Domingo Yánez Villatoro. La IG determinó que los oficiales de la PNC habían actuado de acuerdo a los procedimientos regulares en respuesta a haber sido amenazados con armas de fuego.

Durante el año, la PDDH recibió un total de 863 denuncias en contra de la PNC por todas las categorías de violaciones de derechos humanos, comparado con 1,095 en el 2002. Del total de las 2,479 denuncias recibidas, 778 fueron por violación al derecho a la integridad personal cometidas por autoridades gubernamentales durante el año y en años anteriores, comparado con 766 en el 2002. La categoría cubre tortura, trato inhumano o degradante, maltrato, uso desproporcionado de fuerza y trato inhumano de detenidos. La vasta mayoría de estas denuncias que involucraban a la PNC fueron catalogadas como maltrato.

Un Tribunal Especial continuó revisando las apelaciones de ex-empleados de la PNC que fueron despedidos bajo procedimientos sumarios autorizados por la Asamblea Legislativa en el 2000 (Decreto 101).

Para el fin de año, una prominente organización de derechos de la mujer que había aseverado en el 2001 que el acoso sexual era un problema generalizado dentro de la PNC y que oficiales femeninos eran sujetos de violencia, había capacitado a 150 agentes policiales sobre los derechos de la mujer.

Conciencia sobre los derechos humanos es un componente regular del programa de adiestramiento básico de los oficiales policiales.

Las condiciones penitenciarias continuaron pobres. El sistema penitenciario tiene una capacidad instalada para 7,312 prisioneros en 21 instalaciones penitenciarias. El asinamiento en las instalaciones individuales continuó siendo un problema al incrementarse la población penitenciaria por cuarto año consecutivo. A fin de año, 10,822 prisioneros estaban recluidos en 18 facilidades penitenciarias con una capacidad instalada de 7,050. Adicionalmente 27 hombres y 6 mujeres guardaban prisión en 2 áreas seguras de hospitales con una capacidad instalada de 75 personas. Debido a la falta de celdas los detenidos antes del juicio frecuentemente fueron enviados a prisiones regulares en donde se les puede poner junto a criminales violentos. A finales de año, 6,606 de 11,451 detenidos fueron sentenciados. Durante el año, las autoridades penitenciarias instituyeron un nuevo sistema para premiar con privilegios de fin de semana ambulatorio ???; para aquellos prisioneros que exhibieron buena conducta y satisficieron todos los requisitos legales. Por otro lado, aquellos prisioneros que mostraron comportamiento violento o peligroso fueron enviados al centro penal de máxima seguridad. En agosto, las autoridades inauguraron una prisión de máxima seguridad con una capacidad instalada de 400. Al final del año, la prisión contenía 210 reclusos.

Las maras continuaron ejerciendo influencia dentro de las prisiones y el sistema judicial. Prisioneros continuaron dirigiendo actividades criminales desde sus celdas. Las autoridades penitenciarias reportaron que hubo 28 muertes en el sistema carcelario durante el año. Asesores de la Asamblea Legislativa informaron que el FMLN usa maras para propósitos políticos, tales como pintar paredes para las elecciones presidenciales, durante el año.
En marzo, el Fiscal General (FG) desestimó cargos en contra del director de la PNC y el Director de Centros Penales por la muerte de dos oficiales de la PNC y un prisionero durante un motín en diciembre de 2002 en una prisión metropolitana mayor.
Hay 3 instalaciones penitenciarias para mujeres con una capacidad instalada de 262 personas. A fin de año, había 578 mujeres en las prisiones femeninas, con 51 mujeres adicionales encarceladas en facilidades primordialmente masculinas, comparado con 562 y 87 en el 2002, respectivamente. Las condiciones en las cárceles de mujeres eran adecuadas pero con asinamiento.

La ley requiere que todos los menores sean mantenidos separados de los adultos tanto antes del juicio y durante la purga de la sentencia penal, y el gobierno generalmente observa este requisito en la práctica; sin embargo, de junio de 2001 a abril de 2002, la PDDH encontró a 9 menores en bartolinas con antelación al juicio que también contenían adultos. Al final del año, 125 menores estaban albergados en una prisión para menores bajo la supervisión del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia (ISNA). La violencia de maras en las instalaciones para menores fue un problema. Miembros de las fuerzas armadas proveyeron adiestramiento de escuela reformatoria para los convictos juveniles. La mayoría de los casos involucrando a menores son llevados a juicio procedimientos de conciliación dentro de los 3 meses.???
El gobierno permitió que observadores independientes de derechos humanos, organizaciones no gubernamentales ONGs) y los medios visitarán las prisiones.

D. Arresto, Detención o Exilio Arbitrario

La Constitución prohíbe el arresto arbitrario; sin embargo, hubo quejas de que a veces la PNC arbitrariamente arrestó y detuvo a personas.

La PNC mantiene la seguridad pública; el Ministerio de Defensa es responsable de la seguridad nacional. Los militares proveen apoyo a algunas patrullas de la PNC en áreas rurales y también provee apoyo a las agencias del orden público para actividades específicas, incluyendo esfuerzos anti narcóticos y adiestramiento de escuela reformatoria para los menores convictos.

En junio, las autoridades arrestaron a 27 oficiales de la PNC bajo cargos de tráfico de extranjeros; los oficiales tenían vínculos con personal del aeropuerto que facilitaban el contrabando. En julio, un juez en una audiencia inicial dejó en libertad a los oficiales. Sólo 6 de los 27 oficiales pudieron ser aprehendidos cuando una corte de apelaciones revocó la decisión; el resto habían huido. En una audiencia inicial en diciembre, un juez comenzó procedimientos penales en contra de 6 oficiales en custodia.

A solicitud de un juez, la policía llevó a cabo una investigación disciplinaria sobre el arresto y detención por 30 días en abril de 2002 de Esteban Ortiz Vásquez en base a una orden de arresto de uno de nombre similar, Esteban Benito Ortiz. El juez encontró que la policía había utilizado procedimientos defectuosos.

Del 2001 a noviembre, la Corte Suprema de Justicia había recibido un total de142 denuncias de anteriores empleados de la PNC que alegadamente fueron despedidos ilegalmente. A noviembre, la Corte Suprema había emitido 17 sentencias favorables, desestimando cargos en 23 casos y considerado inaceptables 5 casos. Las sentencias restantes no fueron admitidas por falta de peticiones formales.

Durante el año, la PDDH recibió 778 denuncias alegando violaciones a la libertad personal, comparado con 205 denuncias en el 2002. Las cortes generalmente pusieron en vigor la regla que la interrogación sin la presencia de la representación legal es coerción, y que cualquier evidencia obtenida en dicha forma es inadmisible. Como resultado, las autoridades policiales generalmente postergan el interrogatorio hasta que el defensor público o un abogado llegue.

La ley permite que la policía detenga a una persona por 72 horas antes de presentar al sospecho a una corte, después de lo cual el juez puede ordenar la detención por 72 horas adicionales para determinar si una investigación es apropiada. Debido a la falta de celdas de detención, esos detenidos frecuentemente son enviados a prisiones regulares, en donde pueden ser ubicados junto a criminales violentos (ver Sección 1.c). La ley permite a un juez a tomar hasta 6 meses para investigar crímenes serios antes de requerir un juicio o la desestimación del caso. En casos excepcionalmente complicados, el fiscal o cualquier parte puede solicitar a la corte de apelaciones extender la fecha límite de 3 a 6 meses, dependiendo de la seriedad del crimen. Sin embargo, muchos casos no fueron concluidos dentro del término prescrito por la ley. La Dirección de Prisiones informó que 4,514 recluidos estaban en detención con antelación al juicio al final del 2003 (ver Sección 1.c). Según la Corte Suprema, durante el año el sistema judicial recibió en promedio 19 casos penales por día, comparado con un promedio de 111 por día en el 2002.

El Código Penal permite la libertad bajo fianza de los detenidos que son poco probables de fugarse o cuya liberación no impedirían la investigación del caso. Porque puede tomar muchos años para que un caso llegue a juicio, algunos prisioneros han estado encarcelados por más del tiempo máximo de una sentencia legal por sus crímenes. En esas circunstancias, un detenido puede solicitar la revisión por la Corte Suprema de su continuada detención.

La Constitución prohíbe el exilio forzado, y el gobierno observa esa prohibición.

E. Negación de un Juicio Público Justo

La constitución provee para una judicatura independiente, y el gobierno generalmente respeta esa providencia en la práctica. Sin embargo, la judicatura sufre de ineficiencia y corrupción. Durante el año, la Corte Suprema (CSJ) tomó algunas providencias para lidiar con estos problemas.

La estructura de la corte tiene 4 niveles: jueces de paz, tribunales de primera instancia, cortes de apelaciones y la Corte Suprema. La Corte Suprema supervisa el presupuesto y la administración de todo el sistema judicial. La Corte Suprema selecciona a los jueces de paz, a los jueces de primera instancia y a los jueces de apelaciones de una lista de candidatos propuestos por el Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ). El CNJ es un cuerpo independiente provisto en la Constitución para nominar, adiestrar y evaluar a los jueces. La Asamblea Legislativa elige, por mayoría de dos tercios, a los magistrados de la Corte Suprema de listas provistas por el CNJ y por la Asociación Nacional de Abogados.

En febrero, el presidente del CNJ informó que la selección de más de 300 jueces por la CSJ fue ilegal porque ellos no estaban en la lista de candidatos propuestos por el CNJ. La CSJ replicó que las selecciones fueron legales porque envolvían transferencias e intercambio de (mayormente alternos) jueces. La CNJ presentó una petición ante la Asamblea Legislativa para establecer que cada juez tiene que ser seleccionado de una lista de candidatos del CNJ; sin embargo, la legislatura no aprobó la petición y la Corte Suprema de Justicia dictaminó la petición inconstitucional. El CNJ y la CSJ entonces anunciaron que el CNJ tomaría responsabilidad primaria por la administración de las carreras judiciales, aunque la CSJ nombraría a los jueces y determinaría sus cortes de nombramiento. El Consejo Nacional de la Judicatura evalúa a todos los jueces dos veces al año; durante el año las evaluaciones tienen lugar en julio y en septiembre. Según el presidente del CNJ, las herramientas de evaluación han sido mejoradas.

EL presidente del CNJ cabildeó a la Corte Suprema para aceptar a los recién graduados de un programa judicial especial en que abogados recibieron 2 años de adiestramiento práctico y académico (incluyendo ética) para eventualmente advenir jueces. Dieciséis de los 34 graduandos de este programa estaban trabajando como jueces al final del año.
Los magistrados sirven por periodos de 9 años y pueden ser reelectos. Hay sistemas separados de cortes para asuntos de familia y de menores infractores; estos enfatizan la conciliación como medio alterno a la adjudicación. El sistema también tiene cortes de sentencias penales y cortes de supervisión de los penales. La primera considera la evidencia y el testimonio que pueden haber sido recopilados a través de los procedimientos judiciales, determina inocencia o culpabilidad y determina la sentencia. El segundo supervisa la implementación de las sentencias. A través de su Sección de Probidad, la Corte Suprema regularmente recibe e investiga denuncias del público sobre la ejecutoria judicial. Este departamento también examina las determinaciones y recomendaciones de CNJ, que evalúa a los jueces de manera continua. La Corte Suprema impone sanciones cuando se amerita.

Los jueces, no los jurados, deciden la mayoría de los casos. Los jurados se utilizan en momentos especiales del proceso. La mayoría de los casos comienzan con una audiencia preliminar en una corte de un juez de paz, entonces procede a una corte de primera instancia, la cual determina si hay suficiente evidencia para continuar con el proceso, y decide si un jurado o una corte de sentencia debe oír el caso. Las cortes de los jueces de paz proveen una oportunidad para la conciliación como una alternativa a procedimientos de juicio para algunos tipos de casos. Casi todos los casos que envuelven homicidio, secuestro, fraude, el medio ambiente, narcóticos o asuntos de propiedad privada van a cortes de sentencia. Los jurados oyen sólo aquellos casos que la ley no le asigna a las cortes de sentencia. Después de la determinación del jurado de inocencia o culpabilidad, un tribunal decide la sentencia. Un veredicto de jurado no puede ser apelado. Sin embargo, el acusado puede apelar la sentencia a la Corte Suprema para su reducción si ciertos requisitos son satisfechos. Un veredicto de un jurado puede ser sobreseído por una determinación de juicio fallido de que hubieron serios problemas con la selección del panel de jurado o errores en el procedimiento del juicio. Un veredicto de un juez puede ser apelado.
Durante el año, la Corte Suprema de Justicia, actuando como tribunal máximo, llevó a cabo 69 sesiones, comparado con 64 sesiones en el 2002. Emitió 133 decisiones, resolvió 345 conflictos de competencia, 5 casaciones y 158 peticiones provenientes de cortes extranjeras.

El Código Penal de Menores requiere que los menores de 12 a 17 años de edad sean enjuiciados sólo por tribunales de menores, limita las sentencias de menores a un máximo de 7 años, e incluye alternativas a la encarcelación de menores. En octubre, la Asamblea Legislativa aprobó una ley temporera anti-maras, en contra de la cual varias partes presentaron peticiones constitucionales ante la Corte Suprema, incluyendo la PDDH. Esta ley establece que un menor de edad de 12 a 18 años puede ser enjuiciado como un adulto y recibir sentencia de adulto hasta de 30 años de prisión. Al fin de año, pocos jueces han aplicado la nueva ley, y ninguno ha puesto en vigor lo relativo a las sentencias.

La Constitución provee para la presunción de inocencia, protección en contra de la auto incriminación, asistencia legal, libertad de coerción y compensación por daños debido a error judicial. En la práctica, la compensación por daños debido a error judicial ha sido poco aplicada. Los acusados también tienen el derecho a estar presentes en corte. Estos derechos no fueron siempre completamente respetados en la práctica. La Constitución y la ley requieren que el gobierno provea asistencia legal a los indigentes; sin embargo, este requisito no siempre ha sido implementado en la práctica.

La impunidad de las leyes civiles y penales del país continuó, particularmente para personas que estaban bien conectadas política, económica o institucionalmente. Según la adenda al informe del Secretario General de las Naciones Unidas sobre América Central de diciembre de 2002, “El sistema judicial es frecuentemente lento y muchos jueces son todavía susceptibles a influencia política ... muchos crímenes quedan sin ser castigados y acceso efectivo al debido proceso está seriamente limitado, de hecho, si no legalmente, para un gran número de salvadoreños.” La corrupción judicial contribuyó a la impunidad; sin embargo, la Corte Suprema tomó algunas medidas para lidiar con estos problemas. En el 2003, la Sección de Investigación Profesional de la Corte Suprema recibió 329 denuncias en contra de abogados privados. La CSJ desaforó abogados en tres casos por periodos que no excedieron de 5 años. Hubo pocos, si alguno, informes de corrupción en la Fiscalía General durante el año.

En junio, las autoridades arrestaron al Jefe de la Seguridad de la Rama de la Judicatura Nacional Carlos Adolfo Flores Hernández, al Jefe de Seguridad Regional Ramael Armando Chorro Enrique, al Supervisor de Seguridad Gerbert Heriberto Muñoz Chicas y al Agente de Seguridad Judicial Fredy Alvarado con cargos de facilitar la fuga de 14 miembros de un grupo de crimen organizado llamado Banda Tacoma, que operaba en Guatemala, Belice y El Salvador, llevando a cabo homicidios, secuestros, robos bancarios y otros crímenes. Al fin del año, un juez penal había abierto un proceso de juicio en contra de Fredy Alvarado, Gerbert Heriberto Muñoz Chicas y Ramael Armando Chorro Enrique, todos los cuales estaban bajo arresto domiciliario. El juez penal desestimó los cargos en contra de Carlos Adolfo Flores Hernández.

La CSJ no ha actuado sobre una solicitud de octubre de 2002 del FG para levantar la inmunidad de dos de tres jueces a los cuales proyectaba enjuiciar.

En noviembre, el FG formalmente acusó al Juez Ricardo Canales Herrera de malversación a través de negligencia, de aproximadamente $20,000 y 500 gramos de heroína. Antes de que el FG presentara cargos formales, Canales Herrera declaró que él presentaría una apelación interpelativa en contra del FG por la tardanza en presentar los cargos. En el 2002, 13 de los 15 jueces de la Corte Suprema votaron para destituir a Canales Herrera debido a la pérdida de la droga en el almacén de la corte del cual Canales tenías responsabilidad. Canales entonces presentó una petición ante la Cámara de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, alegando que su despido fue ilegal. Al fin del año, la Cámara de lo Contencioso Administrativo no había emitido un fallo.

A fines de septiembre, una audiencia inicial fue llevada a cabo en Ahuachapán en contra de Narciso Ramírez, acusado de tráfico de extranjeros. El magistrado en la audiencia inicial dictaminó que el caso envolvía elementos del crimen organizado y, por lo tanto, de acuerdo a la ley salvadoreña, debía ser oído por un tribunal compuesto por tres jueces (uno de los cuales sería el juez de la audiencia inicial). Sin embargo, los otros dos magistrados en el tribunal dictaminaron que el caso no contenía elementos de crimen organizado y debía ser decidido por un jurado como un caso común. El magistrado de la vista inicial luego se recusó a sí mismo del caso. En octubre, el tribunal transmitió el caso a la Cámara de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia debido al conflicto entre los 3 jueces. Al fin del año, la Cámara de lo Penal no había emitido un fallo.

En abril, el Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana (IDUCA) presentó una petición al FG para que investigara a todos los parientes-incluyendo a un oficial de la PNC- que estuvieron presentes durante la violación y asesinato de Kattia Miranda el 4 de abril de 1999. El FG designó a dos de sus más sobresalientes fiscales para la investigación, pero a fin de año todavía no había nuevos desarrollos en el caso.
Durante 2002, la Fiscalía General informó que, como resultado del proceso sumario de destitución de personal no calificado autorizado por una ley del 2000, había destituido a 44 fiscales, de los cuales una junta de apelaciones exoneró y reintegró 24. Para fines del 2002, el Fiscal General había implementado más de la mitad de las recomendaciones hechas por una junta de revisión al llevar a cabo un examen institucional de su oficina en 2001, tales como el uso de nuevos procedimientos para la selección de personal y contratación. El decreto que autorizó este procedimiento expiró en febrero de 2002. El Fiscal General no despidió a ningún fiscal por corrupción durante el año.

Al final del año, la Corte Suprema de Justicia estaba estudiando 140 casos de diplomas irregulares. La Corte Suprema redactó una decisión en 50 casos de los 140. Sin embargo, una decisión final necesita evaluación por el pleno de los 15 Magistrados. El Fiscal General tiene que presentar solicitudes formales en 90 casos para continuar con el proceso legal.

En agosto, la CSJ desaforó a 39 abogados al ser notificada formalmente por el Ministerio de Educación que estos no habían completado los requisitos para sus grados académicos. En septiembre y octubre de 2002, la Corte Suprema destituyó a 38 jueces por fundamentos similares después de lo cual un grupo de los jueces separados emitió una lista de jueces que ellos alegan no cumplían los requisitos pero fueron retenidos en sus posiciones debido a influencias políticas, económicas o debido a sus relaciones con magistrados de la Corte Suprema. Los jueces destituidos apelaron a la Comisión Inter Americana de Derechos Humanos y a la PDDH. En mayo, la PDDH aseveró que la Corte Suprema había violado el debido proceso y el principio de igualdad ante la ley en destituir a los jueces y encontró que la corte debió haber usado un procedimiento regular en vez de un procedimiento sumario al destituir a los jueces. Todos excepto uno de los jueces destituidos por la corte apeló la destitución insistiendo que ellos habían satisfecho todos los requisitos en vigor al momento y que era erróneo por parte del Ministerio de Educación el imponer nuevos requisitos retroactivamente.

ONGs y observadores conocedores del sistema judicial afirman que la Corte estaba haciendo lo mínimo necesario para responder a la crítica pública, pero que no estaba haciendo un esfuerzo abarcador para destituir a los jueces corruptos y no calificados. La Corte Suprema enfatizó que la Sección de Probidad y la CNJ cumplen con su función de escrutar el desempeño judicial de una manera continua. Sobre los diplomas cuestionables, la Corte sostiene que sólo puede actuar en base a información provista por el Ministerio de Educación, que es la institución autorizada para determinar la validez de las credenciales académicas.

En la práctica, la Corte impone pocas sanciones a jueces basado en la recomendación del CNJ y de la Sección de Probidad.

En diciembre, un juez de San Salvador otorgó una reducción de sentencia y dejó en libertad a una bien conocida figura del crimen organizado, Bruno Ventura. El juez dejó en libertad a Ventura, basado en una decisión conjunta del Ministerio de Gobernación y la Corte Suprema de Justicia. El Ministerio de Gobernación previamente había fallado en contra de la puesta en libertad de Ventura. El juez que emitió la orden de libertad fue acusado de otorgar privilegios excepcionales a Ventura en el pasado, pero ella aseveró que ella había actuado dentro del marco de la ley. Según la Asociación de Periodistas de El Salvador (APES), la madre de Ventura lesionó a un periodista que cubría el fallo inicial del Ministerio de Gobernación desfavorable a Ventura.

La policía, fiscales, defensores públicos y las cortes continuaban teniendo problemas investigando delitos. Cobertura inadecuada policial (debido a recursos limitados) y la intimidación de víctimas y testigos (especialmente por las maras) hace difícil identificar, arrestar y encausar criminales, así disminuyendo la confianza pública en el sistema judicial.
En julio de 2002, testigos en el juicio de los traficantes de extranjeros Edgar Campos y Blanca Rivas informaron que los abogados defensores los habían hostigado en un esfuerzo para evitar su testimonio. Los fiscales informaron al juez oyendo la causa, y la información sirvió como una importante justificación para mantener a los acusados encarcelados durante el juicio.

En agosto, un tribunal penal exoneró a los colombianos Rynel Ardila Vásquez, Julio Lele Farfulla Caise y Miller Suárez Salas, acusados de traficar 1,920 kilogramos de cocaína. En septiembre, una corte de apelaciones revocó la decisión y el 2 de octubre el juez abrió el proceso penal ante un tribunal de sentencia, de acuerdo a lo provisto en la ley. Los sospechosos continuaban en custodia a fin de año.
No hubo informes de prisioneros políticos.

F. Interferencia Arbitraria con la Intimidad, la Familia, el Hogar o la Correspondencia

La Constitución provee para el derecho a la intimidad, y las autoridades gubernamentales generalmente respetan en la práctica este derecho. La ley requiere que la policía tenga el consentimiento del residente, una orden o creencia razonable que un crimen está siendo cometido o está por cometerse antes de entrar a un aposento privado.

La policía puede utilizar agentes encubiertos con el permiso del Fiscal General y entrar en propiedad privada sin una orden cuando se sospecha actividad criminal. Con la orden de un juez, muestras de sangre y de otros fuidos corporales pueden tomarse sin el consentimiento del acusado.

Sección 2 Respeto por las Libertades Civiles, Incluyendo

a. Libertad de Prensa y Expresión

La Constitución provee para la libertad de expresión y de prensa, y el gobierno generalmente respeta en la práctica estos derechos. Periodistas de la prensa y la radiodifusión de todos las fuentes principales regular y libremente criticaron al gobierno e informaron sobre el punto de vista de la oposición. Las figuras de la oposición fueron entrevistadas rutinariamente en la prensa, en la televisión y en la radio. Sin embargo, según la APES, el gobierno le solicitó al gobierno mexicano a intervenir con una estación local subsidiaria de una compañía mexicana para que cesara el reportaje político que presentaba dificultades para el gobierno. Algunas estaciones de televisión continuaron a quejarse que las agencias de publicidad responsables de colocar anuncios de interés público pagados por el gobierno estaban parcializadas en favor de compañías de noticias que generalmente apoyaban la política del gobierno. En enero, dos partidos políticos (el CDU y el PCN) presentaron una petición ante la Asamblea Legislativa para remover la exención que los periódicos tienen de pagar impuestos. La iniciativa no fue apoyada por los dos partidos políticos más grandes (ARENA y el FMLN) y no prosperó. En febrero, CINTEC Environment, Inc., una empresa de tratamiento de desperdicios, anunció que sometería una demanda en contra de dos periódicos de mayor circulación que habían reportado que CINTEC pudiera estar lavando dinero en cooperación con el crimen organizado. Una ONG expresó su preocupación a la PDDH sobre el posible efecto desalentador en la prensa libre de estas demandas, en vista de la poca sensibilidad del sistema judicial a los asuntos de la libertad de prensa y el menos que deseado respeto hacia los comunicadores, medios e informantes.

El 8 de abril, Derechos Humanos para las Américas, una ONG doméstica, y APES presentaron un proyecto de ley ante la Asamblea Legislativa para fortalecer la libertad de expresión en armonía con el derecho internacional. Aunque todos los partidos políticos apoyaron la propuesta, limitaciones de tiempo antes de la toma de posesión de la recientemente electa Asamblea Legislativa impidió la modificación de la Constitución. La nueva Asamblea Legislativa, que tomó posesión en mayo, no regresó al tema antes de fin de año.

En enero, partidarios de los que en protesta tomaron la Catedral Nacional para mostrar su desacuerdo con las políticas del sistema de salud del gobierno, lesionaron a un periodista de televisión que ellos acusaron de informar el punto de vista del gobierno. El FG informó que ni las víctimas ni los testigos habían cooperado con la investigación y al fin del año el FG no había identificado o acusado a los perpetradores.

En agosto, la Universidad de Centroamericana (UCA) informó que dos telereporteros de la UCA recibieron amenazas telefónicas de muerte después que ellos criticaran el 12 de agosto el Acuerdo de Libre Comercio de Centro América y la ley anti maras del Presidente Flores. Según las autoridades de la UCA, el 13 de agosto el Ministerio de Gobernación solicitó una copia del editorial. El FG indicó que no se podía iniciar una investigación hasta que la UCA sometiera una denuncia formal; un abogado de la UCA indicó que la universidad había decidido no hacerlo.

Algunos editores de periódico y directores de radio noticias practican la auto censura, según practicantes y observadores, mediante la disuasión de los periodista a que informen sobre temas o presenten puntos de vistas que los dueños o publicistas puedan no ver favorablemente. El Diario de Hoy, un periódico de mayor circulación, requiere que cualquiera que ponga un anuncio sobre un tema controversial tiene que dejar un depósito para pagar por una respuesta del opositor, si una corte así lo ordena. Si nadie reclama el derecho a réplica dentro de 30 días, el periódico devuelve el depósito al individuo o grupo que puso el anuncio original.

En septiembre de 2002, la legislatura aprobó reformas a la Ley Orgánica de la Corte de Cuentas, la agencia nacional de auditoría, incluyendo una disposición sobre acceso público a las auditorías de la agencia que requiere que la institución haga pública las auditorías sólo después que las apelaciones son agotadas. Los críticos sostienen que, debido a que las apelaciones frecuentemente se alargan por años, la medida dilatará innecesariamente el acceso público a la información.

En el 2002, la Asociación Inter Americana de Prensa (AIAP) identificó problemas en varias áreas, incluyendo la ausencia de una ley que provea para el derecho de los periodistas a mantener la confidencialidad de sus fuentes. En octubre, la AIAP informó que tanto organizaciones políticas como gubernamentales bloquearon a periodistas de tener acceso a información de interés público.

Hay 5 periódicos diarios, con una circulación diaria combinada de más de 250,000 copias, y 16 estaciones de televisión. Cinco estaciones independientes, y una estación de televisión poseída y operada por el gobierno, de televisión VHF alcanzan la mayoría de áreas del país. Ocho estaciones independientes UHF sirven San Salvador, y varias pueden ser recibidas tan lejos como 30 millas de la capital. Dos sistemas de televisión por cable cubren gran parte de la capital y las ciudades principales de San Miguel, Santa Ana y Sonsonate. Todas llevan las estaciones principales nacionales y una gran variedad de programación internacional. Aproximadamente 150 estaciones de radio con licencia transmiten en las frecuencias FM y AM.

Una disposición en el Código Penal permite a los jueces a cerrar los procedimientos de corte si la luz pública pudiera perjudicar el caso. Los medios y la AIAP han alegado que esta disposición limita la libertad de prensa.

No hubo casos de censura de libros, otras publicaciones, películas u obras de teatro.
El gobierno no ha restringido el acceso al internet.
El gobierno no ha restringido la libertad académica.

B. Libertad de Asamblea Pacífica y Asociación
La Constitución provee para la asamblea pacífica para cualquier propósito legal y el gobierno generalmente respeta en la práctica este derecho. Demostraciones públicas fueron comunes y generalmente pacíficas.

La Constitución provee para la libertad de asociación, y el gobierno generalmente ha respetado en la práctica este derecho.

Una ley de 1996 que regula la inscripción, reglamentación y supervisión financiera de las ONGs y grupos religiosos no católicos continúa en vigor. Sin embargo, una decisión de la Corte Suprema en 2001 prohíbe a cualquier oficial o juez negarle reconocimiento legal a una ONG por conducta que viole normas sociales, morales o de orden público siempre y cuando no haya ocurrido una violación al Código Penal. Algunas ONGs aseveran que el Ministerio de Gobernación dilata la aprobación de la personalidad jurídica de una ONG controversial con agendas de derechos humanos o de política. En agosto de 2002, el Ministerio de Gobernación rehusó otorgarle personalidad jurídica al Grupo de Monitoreo Independiente de El Salvador, una ONG que vela sobre el respeto a los derechos de los trabajadores en las maquilas, aunque a fines de 2003 el caso aparentaba acercarse a una resolución (ver Sección 4).

C. Libertad de Culto

La Constitución provee para la libertad de culto, y el gobierno generalmente respeta en la práctica este derecho. La Constitución específicamente reconoce a la Iglesia Católica Romana y le otorga personalidad jurídica. Además, la Constitución provee que otras religiones pueden inscribirse para este estado legal de acuerdo a la ley.

Para una discusión más detallada, ver Informe de Libertad de Culto Internacional para el 2003.

D. Libertad de Movimiento dentro del País, Viaje al Exterior, Emigración y Repatriación
La Constitución provee para estos derechos y el gobierno generalmente los respeta en la práctica.

La ley provee para el otorgamiento de la condición de refugiado o asilado a personas que cumplen con la definición en La Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 de las Naciones Unidas y su Protocolo de 1967. En la práctica, el gobierno provee protección en contra del refoulement y otorga la condición de refugiado o asilado.

Sección 3 Respeto a los Derechos Políticos: el Derecho de los Ciudadanos a Cambiar su Gobierno.

La Constitución provee a los ciudadanos con el derecho a cambiar su gobierno pacíficamente, y los ciudadanos ejercen este derecho en la práctica a través de elecciones periódicas libres y justas llevadas a cabo en base al sufragio universal. El presidente y el vice presidente son electos cada 5 años. La Constitución prohíbe al presidente a ser electo por periodos consecutivos. La votación es por voto secreto.

En mayo de 2002, la Corte Suprema dictaminó inconstitucional un artículo del Código Electoral que asignaba un número específico de legisladores a cada departamento del país, diciendo que violaba el requisito constitucional de la representación proporcional de la población. Un día antes de que la corte anunciara su decisión, la Asamblea Legislativa modificó la ley para asignar el número de legisladores basado en límites de población; por ejemplo, un departamento con 300,000 a 400,000 ciudadanos tiene derecho a 4 legisladores. Un partido político y una ONG protestaron que este cambio no satisfacía el requisito constitucional, y ellos indicaron que el momento de este voto indicaba que alguien en la corte había filtrado la información antes de que la decisión se hiciese pública.
Diez partidos políticos, representando todo el espectro político, presentaron 7 candidatos en las elecciones presidenciales de 1999. El gobierno no restringió la participación de la oposición, y no hubo incidentes violentos durante la campaña. Los observadores determinaron que la votación fue sin mayores defectos y que se llevaron a cabo pacíficamente y con acceso justo para todos a las urnas. Francisco Flores, el candidado del partido ARENA, ganó por una clara mayoría en la primera ronda de votación.
En marzo, el país llevó a cabo elecciones legislativas que los observadores informaron fueron libres y justas aunque la BBC informó de pequeñas irregularidades. El FMLN ganó una pluralidad de 31 escaños legislativos . En dos ocasiones en noviembre, activistas del FMLN atacaron caravanas de trabajadores del partido ARENA que visitaban municipalidades de mayoría del FMLN; videos de noticias televisadas mostraron a un alcalde de la región metropolitana de San Salvador agrediendo a trabajadores de la campaña de ARENA con rocas.

No hay leyes o prácticas abiertas que impidan a las mujeres votar o participar en los sistemas políticos y gubernamentales. Las mujeres representaban el 51 por ciento de la población; sin embargo, ellas representaron el 54 por ciento de los votantes inscritos en las elecciones de marzo. Ocho de los 84 legisladores electos en marzo fueron mujeres, con 16 mujeres electas como legisladores alternos. La Junta Directiva de la Asamblea Legislativa estaba compuesta por 6 personas, 2 eran mujeres. En la rama judicial, 2 de los 15 magistrados de la Corte Suprema eran mujeres. De los 11 ministerios de la rama ejecutiva y 3 agencias constitucionalmente autónomas, mujeres encabezaron dos, el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos. Las mujeres detentaban un número substancial de empleos vice o subministeriales. Un estimado de 40 por ciento de los jueces del país eran mujeres; sin embargo, la mayoría detentaban posiciones en las cortes de menor jerarquía.

A las minorías, incluyendo los pueblos indígenas, no se les tiene prohibido votar o participar en el gobierno. En la práctica, sólo unos cuantos cientos de salvadoreños se identificaban a sí mismos como minorías étnicas, y ninguno que se identificaba a sí mismo como minoría detentaba una posición de liderazgo en el gobierno o en la Asamblea Legislativa.

Sección 4 Actitud del Gobierno Referente a la Investigación Internacional o No Gubernamental de Alegadas Violaciones a los Derechos Humanos

Numerosas ONGs domésticas e internacionales operaban libremente y el gobierno generalmente a demostrado una buena voluntad a dialogar sobre temas de derechos humanos con las ONGs domésticas e internacionales. Sin embargo, a veces ha sido renuente a discutir temas de derechos de los trabajadores con ONGs, y ha rehusado a discutir el tema con la PDDH. ONGs domésticas e internacionales son requeridas a inscribirse con el gobierno bajo los términos de la ley de 1996 sobre el registro de ONGs, y algunas han informado de dificultades (ver Sección 2.b).

Para el fin de año, el Ministerio de Gobernación no había decidido si otorgaba o no personalidad jurídica al Grupo de Monitoreo Independiente de El Salvador que vela sobre el respeto de los derechos laborales en las maquilas.

El principal cuerpo de investigación y vigilancia de los derechos humanos es la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, que es electa por la Asamblea por un término de 3 años. Los Acuerdos de Paz específicamente crearon la PDDH, que fue establecida formalmente por una enmienda a la Constitución que definió su papel. La abogada Beatrice de Carillo ha ocupado el puesto desde 2001.

Durante el año, la procuradora expresó frustración con la renuencia del gobierno-particularmente la Fiscalía General- a responder a las solicitudes de su agencia para información, como es requerido por ley, y de implementar sus recomendaciones. Oficiales gubernamentales respondieron que la institución socavó su credibilidad pronunciándose sobre una amplia gama de temas que excedieron su mandato y por emitir resoluciones en casos políticamente cargados que ocurrieron muchos años atrás. La procuradora insistió que todo el trabajo llevado a cabo por su institución está dentro las 14 encomiendas asignadas a ella por la Constitución. Ella explicó que, debido a que la PDDH no había emitido resoluciones en casos viejos al momento de ser sometidos, la institución tenía que emitirlos ahora para cerrar dichos casos.

En enero, un propuesta en la Asamblea Legislativa para residenciar a la Procuradora fue derrotada prontamente en un comité ad hoc. Los legisladores observaron que no había fundamentos para la propuesta después de que la Fiscalía General anunció que sus investigaciones mostraban que las actuaciones de la Procuradora no contribuyeron a la muerte de oficiales policíacos en un motín en una prisión en diciembre de 2002 (ver Sección1.c).

Durante el año, la PDDH aceptó 2,479 denuncias de violaciones de derechos humanos, comparado con 3,303 en el 2002 (ver Sección 1.a y 1.c). Los derechos más frecuentemente alegados ser violados incluyeron la integridad personal, debido proceso de ley, y leyes laborales-778, 286 y 270 denuncias, respectivamente. Durante el año, la PDDH emitió 164 resoluciones referentes a 235 denuncias sometidas durante el año y en años anteriores. Algunas de las resoluciones resolvían múltiples denuncias con características similares tales como maltrato por la policía. Ella sostuvo los cargos en 107 resoluciones, encontró que el acusado no era responsable en 45 resoluciones y resolvió 12 casos usando sus buenos oficios. En los casos restantes que recibió durante el año, la PDDH no ha determinado si los hechos substanciaron las alegaciones.

El Centro de Intercambio y Solidaridad (CIS), una ONG envuelta en la vigilancia de la votación, los derechos de los trabajadores, y otros temas de derechos humanos, informó que voluntarios que llegaron el 17 de julio y 19 de agosto al Aeropuerto de Comalapa se les negó la entrada en base a “restricción administrativa” por orden del Ministro de Gobernación. El rechazo de entrada aparentaba depender de la interpretación del Artículo 97 de la Constitución que prohíbe a los extranjeros la participación en la política interna del país. El director de la CIS también informó que la policía entró en su oficina el 9 de septiembre y tomó copia de listas de 23 estudiantes que planeaban venir al país como voluntarios del CIS.

Sección 5 Discriminación basada en Raza, Sexo, Invalidez, Lenguaje o Situación Social

La Constitución dice que todas las personas son iguales ante la ley y prohíbe la discriminación en base a nacionalidad, raza, o sexo. En la práctica, la discriminación en contra de las mujeres, personas minusválidas y pueblos indígenas ocurría en salarios y en el empleo. Hubo algunos episodios de violencia en contra de los homosexuales.

En junio, antes de una Celebración de Diversidad Sexual que conmemoraba personas que habían muerto de ataques asociados a su orientación sexual o por VIH/SIDA, miembros de la policía municipal y la Policía Nacional Civil detuvieron y maltrataron a homosexuales y travestidos cuando estos estaban fuera en la noche aunque no estaban llevando a cabo actividades delictivas. La policía replicó que ellos estaban vigilando a los travestidos fuera en la noche porque ellos habían estado repetidamente involucrados en crímenes, incluyendo prostitución, desnudez pública y robo. No se presentaron cargos formales ni contra los homosexuales y los travestidos o la policía.

Desde junio, la ONG Entre Amigos había adiestrado a 402 policías para respetar los derechos de los homosexuales en un programa auspiciado por los Países Bajos. Este programa finaliza en febrero de 2004.

Entre Amigos informó que en julio, personas desconocidas mataron a 3 travestidos, José Cornado Galdámez, Reyes Armando Aguilar y José Roberto de Paz, cuando estos caminaban en la calle principal de Santa Tecla, departamento de La Libertad. Entre Amigos presentó una petición ante la oficina del FG; las investigaciones continuaban a fin de año.
En octubre, un agresor desconocido mató a Douglas Ademir Vásquez, un travestido de Soyapango conocido por “Gisselle”. Vásquez murió de dos disparos a la cabeza a corta distancia. La PNC sospechaba que Vásquez fue la víctima de violencia de maras. La investigación continuaba a fin de año.

A fin de año, Entre Amigos estaba preparando presentar una querella formal ante el Ministerio de Educación a nombre de un estudiante de 17 años de edad de una academia privada que alegó haber sufrido discriminación de parte de las autoridades escolares debido a su orientación sexual.

En octubre de 2002, la Asamblea Legislativa removió de la Ley de 2001 sobre la Prevención y Control de Infección Causada por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana una disposición requiriendo a los solicitantes de trabajo hacerse exámenes de sangre. Durante el año, ONGs, UNAIDS y el Ministerio de Salud expresaron preocupación que esta disposición facilitaba la discriminación en contra de las personas infectadas y, en así hacerlo, hacía difícil para ellos el obtener empleo. La remoción de esta disposición hizo los exámenes de VIH pre-empleo opcionales, en vez de mandatorios. Según informes en la prensa, hasta tarde en noviembre de 2002 la Fundación Atlacatl, una ONG, había recibido 6 denuncias de personas que alegaron que sus empleos habían sido terminados después de que se supo que ellos eran VIH positivos. Además, en el 2002, la fundación sostuvo que tres instituciones de educación superior requerían a estudiantes que querían seguir carreras relacionadas con la salud a examinarse su sangre.
Mujeres

La violencia en contra de las mujeres, incluyendo violencia doméstica, era generalizada y un problema serio. La ley prohíbe la violencia doméstica y provee para sentencias que van de 6 meses a un año en prisión al ser convicto. A los ofensores convictos se les prohíbe usar alcohol o drogas y a portar armas. La ley también permite la imposición de órdenes de restricción en contra de los ofensores. Una vez un tema de tabú social, la violencia doméstica es reconocida más y más públicamente y se ha convertido en tema de debate nacional. Instituciones gubernamentales tales como la PDDH, la oficina del FG, la CSJ, la Procuraduría General y la PNC coordinaron esfuerzos con las ONGs y otras organizaciones para combatir la violencia en contra de las mujeres a través de educación, esfuerzos gubernamentales para hacer valer la ley y programas de apoyo de las ONGs para las víctimas.

La Secretaría Nacional de la Familia, a través del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU) define políticas, programas y proyectos sobre la violencia doméstica y mantiene una línea de ayuda y también un albergue para víctimas de abuso doméstico. El ISDEMU recibió 4,706 denuncias de violencia doméstica a junio, comparado con 3,786 denuncias en el 2002. Incidentes de violencia doméstica y violación continuaron a ser subinformados por varias razones: presiones de la sociedad y culturales en contra de la víctima, temor a represalias, respuesta pobre a las víctimas por parte de las autoridades, miedo a la publicidad y la creencia de que los casos son poco probables de ser resueltos. Sin embargo, el Código Penal permite al FG a enjuiciar en el caso de violación, sin o con una denuncia de la víctima, y al 2001, el perdón de la víctima no podía anular el cargo penal. Las penalidades por violación son de 6 a 10 años en prisión. La ley no se dirige específicamente a la violación por el cónyuge; sin embargo, se puede considerar un delito si las acciones reúnen la definición del Código Penal de violación. El ISDEMU recibió 652 denuncias de agresión sexual a junio, comparado con 464 en el 2002.

En mayo, los cuerpos decapitados y las cabezas cercenadas de dos mujeres jóvenes fueron encontrados en lugares separados; los asesinatos llenan el patrón de muertes rituales de maras centroamericanas. Ningún sospechoso ha sido acusado a fin del año. Según informes de la PNC, a junio, las maras mataron, torturaron y mutilaron a 16 mujeres.

La ley no prohíbe a una persona trabajar como prostituta. Sin embargo, le prohíbe a cualquier persona, a inducir, facilitar, promover o dar incentivos a una persona para trabajar como prostituta. La prostitución era común, y hay informes creíbles que algunas mujeres y niñas fueron forzadas a la prostitución (ver Sección 6.c).

El tráfico en mujeres y niñas para propósitos de explotación sexual fue un problema (ver Sección 6.f.).

La ley prohíbe el acoso sexual; sin embargo, trabajadores en las ZLCs informaron de acoso sexual (ver Sección 6.b.).

En enero, una organización prominente de derechos de la mujer, CEMUJER, informó que cónyuges y compañeros motivados por celos mataron 238 mujeres, de edad de 16 a 54 años, en el 2002. A fin de año, CEMUJER informó que cónyuges y compañeros motivados por celos habían matado 311 mujeres. CEMUJER también informó que 9 mujeres habían presentado denuncias de acoso sexual en contra de oficiales de la PNC y 47 denuncias en contra de patronos de servicios industriales, incluyendo maquilas. CEMUJER recibió un total de 3,144 denuncias durante el año.

A junio, CEMUJER había adiestrado a 150 oficiales de policía mujeres; en septiembre, CEMUJER informó que había comenzado a proveer consejería legal a 4 empleadas femeninas que alegaron acoso por jefes de la PNC. Durante el 2002, la ONG asistió a tres empleadas femeninas de la PNC para traer cargos de acoso sexual en contra de superiores; las cortes desestimaron los cargos en contra de los acusados en todos los 3 casos. (Un informe de CEMUJER de 2001 aseveró que el acoso sexual era prevalente dentro de la PNC.)

Algunas fábricas en las ZLCs requerían a las solicitantes de empleo femeninas a presentar resultados de exámenes de preñez, y no contrataban a mujeres embarazadas (ver Sección 6.b).

La Constitución le otorga a las mujeres y a los hombres iguales derechos legales, y el Código Penal establece sentencias de uno a 3 años de prisión a oficiales públicos que le nieguen a una persona sus derechos civiles en base al género. La ley le prohíbe a las mujeres embarazadas el llevar a cabo actividades arduas en el lugar de trabajo después del cuarto mes de embarazo (ver Sección 6.e). Todas las mujeres tienen derecho a 84 días de licencia por maternidad, usualmente tomados después del nacimiento del niño.

Las mujeres sufren de discriminación cultural y social y tienen reducidas sus oportunidades económicas; los hombres frecuentemente reciben prioridad en los empleos disponibles y en las promociones. En particular, a las mujeres no se les da igual respeto o importancia en los sectores tradicionalmente dominados por los hombres, tales como la agricultura y negocios. Un estudio del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) informó una tasa de analfabetismo de 79 por ciento para las mujeres y 85 por ciento para los hombres. Una tasa combinada de participación escolar indicó que el 64.3 por ciento de las mujeres se había inscrito para la escuela con contra 65.4 por ciento para los hombres. Uno de los factores que contribuyó a que las niñas dejaran la escuela fue la preñez en la adolescencia. El Código Penal establece una sentencia de 6 meses a 2 años a los patronos que discriminan en las relaciones laborales; sin embargo, era difícil para los empleados informar de esas violaciones por sus patronos porque temían represalias. Un estudio del PNUD mostró que las mujeres ganaban en promedio $3,350 por año, comparado con $7,381 por los hombres. El sector en que hubo una excepción a esta práctica fue en las ZLCs y maquilas, la fuente más grande de nuevos empleos, en donde las mujeres comprenden hasta un 85 a 90 por ciento de la fuerza laboral (ver Sección 6.b). Sin embargo, aún en este sector, los hombres detentan la mayoría de las posiciones de gerencia y en los departamentos en donde los empleados recibieron salarios más altos tales como corte y planchado. El adiestramiento de las mujeres generalmente estaba limitado a ocupaciones de bajos salarios en donde las mujeres ya tenían la mayoría de las plazas en el campo tales como, enseñanza, enfermería, industrias caseras y pequeñas empresas.

Según este mismo estudio del PNUD, las mujeres tenían el 25.7 por ciento de las posiciones mejor pagadas y el 19.7 por ciento de los escaños municipales

Las organizaciones de la mujer tales como CEMUJER, Las Dignas y el Movimiento de Mujeres Mélida Anaya Montes estuvieron envueltas en promover los derechos de la mujer y llevaron a cabo varias campañas de concienciación de los derechos durante el año.
Niños

Un informe de mayo coordinado por expertos del Programa Internacional para la Eliminación de Trabajo Infantil (IPEC) y auspiciado por la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el Banco Mundial y otros determinó que generalmente uno de cada 10 niños trabajaba, con aproximadamente 13 por ciento de los niños entre las edades de 10 a 14 años en la fuerza laboral. La porción de la población del país entre las edades de 5 y 17 años representa 30 por ciento del total de la población del país. El trabajo infantil era más común en las áreas rurales (15.7 por ciento) que en las áreas urbanas (7.7 por ciento). Aproximadamente 60 por ciento de los niños trabajaban en el sector informal en empresas familiares micro-agrícolas y no agrícolas, por el que no recibían compensación monetaria.

Los niños empleados completaron en promedio 5.6 años de escuela, mientras que los niños no empleados completaron 8 años de escuela. Entre las familias encuestadas, 23.3 por ciento de los que contestaron indicaron que los niños no pueden asistir a la escuela debido a problemas económicos.

Al fin del año, el ISDEMU tenía 1,639 casos de abuso y maltrato de niños en su archivo. El ISNA informó de 143 casos de abuso sexual de menores durante el 2002, comparado con 173 en el 2002. La mayoría de las victimas fueron hembras.

En julio de 2002, el Ministerio de Educación, la PNC y el ISNA instituyeron un programa para lidiar con el problema de violencia estudiantil en San Salvador. La policía entregó estudiantes que estaban fuera de la escuela sin supervisión (frecuentemente en bares, billares o tiendas de juegos electrónicos) durante horas escolares al ISNA. El ISNA les dio consejería psicológica sobre la violencia y los supervisó hasta que sus padres o guardianes tomaran custodia. Oficiales gubernamentales informaron que las medidas redujeron la violencia callejera y las peleas entre estudiantes. Al final del año, la policía trajo a 169 jóvenes al ISNA bajo este programa.

El gobierno se concentró más en reducir la pobreza y promover la estabilidad familiar a través del crecimiento económico en vez de hacer gastos directos en programas para los niños. Con el estímulo de UNICEF, en septiembre de 2002, la Secretaría Nacional de la Familia sometió a la Asamblea Legislativa una nueva política nacional de atención integral a los niños y adolescentes; la política no había sido aprobada para fin de año.

La educación es compulsoria hasta el noveno grado. La educación pública es nominalmente gratuita hasta la escuela secundaria. La Constitución prohíbe a las personas a impedir el acceso a los niños a las escuelas por no pagar cuotas o llevar uniformes. En la práctica, algunas escuelas continúan cobrando a los estudiantes cuotas para cubrir insuficiencias presupuestarias, y la inhabilidad de pagar estas cuotas o pagar los libros uniformes y actividades requeridas previenen a algunos niños pobres de asistir a la escuela. En septiembre, la Asamblea Legislativa modificó la ley para prohibir que las escuelas cobren a los estudiantes cualquier cuota. El Ministerio de Educación continuó operando una línea de alerta para que el público delatara a administradores escolares que violaren estas leyes. A agosto, el Ministerio había recibido 895 denuncias de cuotas escolares ilegales. Las áreas rurales no cumplieron con proveerle una educación de noveno grado a todos los potenciales estudiantes, en parte por la falta de recursos y en parte porque muchos padres en el área rural frecuentemente sacaron a sus hijos de la escuela al sexto grado para trabajar. Según el Ministerio de Educación, durante el 2002, 14 por ciento de los niños de edad de escuela primaria (edades de 7 a 11) y aproximadamente 32 por ciento de los niños de edad de sexto a octavo grado (edades de 12 a 14) en las áreas urbanas no asistían a clases. Entre tanto, la asistencia a la escuela primaria en las áreas rurales estaba sobre suscrita por casi 14 por ciento, porque los niños mayores asistían a clases debajo del nivel del grado. Sólo 7 por ciento de los niños en las áreas rurales asistían a la escuela en los grados seis a ocho.
La malnutrición infantil continuó siendo un problema, particularmente en las zonas de producción de café de Ahuachapán y Sonsonate. En donde la incidencia de malnutrición era alta, el Programa Mundial de Alimentos, donantes extranjeros y UNICEF están ayudando a lidiar con este tema con programas de alimentos centrados. Un estudio del 2000 sobre el crecimiento de niños mostró que el 19 por ciento de los niños sufrían de malnutrición crónica. El Ministerio de Salud listó a la malnutrición como uno de las 10 principales causas de mortalidad infantil en el país. El gobierno tenía un plan nacional para menores diseñado para aumentar el acceso a agua potable, sal yodada y micro nutrientes y alentar el amamantamiento, pero el progreso fue lento, particularmente en las regiones rurales.

El gobierno trabajó a través de instituciones estatales y con UNICEF para promover la protección y conciencia en general de los derechos de los niños. Sin embargo, los niños continuaron a ser víctimados por abuso físico y sexual, abandono, explotación y descuido. El ISNA, una entidad autónoma, tenía responsabilidad para la protección y promoción de los derechos de los niños. A septiembre, el ISNA informó que sobre 1,173 niños, algunos abandonados y otros víctimas de maltrato, estaban quedándose en sus albergues.
El abuso de sustancias (pega, adelgazador de pintura, cocaína de piedra) fue un problema entre los niños en las calles urbanas. FUDASALVA, una ONG, proveyó consejería sobre drogas y tratamiento a menores. Otra ONG, la Fundación Olof Palme, informó que había registrado 68 casos de abuso policial y maltrato a los niños de la calle durante el año. Olof Palme informó 9 casos de abusos en el sistema correccional, 5 casos de abuso en la escuela y un caso de maltrato por el ISNA, 11 casos de abuso sexual (incluyendo violación ), 4 casos de violencia doméstica en contra de niños y 4 casos de órdenes de manutención sin pagar. Todos los casos fueron informados a la PDDH y a la Fiscalía General. (La ONG informó que en años anteriores los niños temían represalias si reportaban el abuso.)
La PNC incorporó el adiestramiento de derechos humanos de la PDDH a los programas para unidades policiacas que lidian con jóvenes.

La prostitución infantil fue un problema. Ente 10 y 25 por ciento de las prostitutas visibles eran menores, y se estima que un 40 por ciento de las prostitutas escondidas que complacen a clientes de las clases altas son menores, según un estudio de UNICEF emitido en el 2000.

Los niños, especialmente aquellos que viven en las calles, han sido traficados a otros países y luego forzados a la prostitución (ver Sección 6.f.).
El trabajo de menores continuó siendo un problema (ver Sección 6.d.).

Personas con Incapacidades

En febrero, la Asamblea Legislativa debatió y dejó en vigor una ley especial estatutaria autorizando a personas minusválidas a ser miembros de los consejos municipales.
La Secretaría Nacional de la Familia estimó que en el 2000 al menos el 8 por ciento de la población tenía alguna forma de invalidez. Un estudio del 2000-2001 por la Organización Mundial de la Salud en conjunto con socios locales e internacionales encontró que la mayoría de las personas minusválidas eran jóvenes, vivían en áreas rurales, y tenían poco acceso a servicios de rehabilitación. Encontró que muchas de las causas de la invalidez eran prevenibles.

Un número significativo de la población de personas misnusválidas del país consistía de antiguos combatientes y civiles heridos durante el conflicto. Financiamiento gubernamental e internacional proveyó programas de rehabilitación para estas personas. Durante el año, el gobierno aceptó pocas nuevas inscripciones de personas heridas e incapacitadas como resultado del conflicto armado de 1980-1992, como ordenado por legislación aprobada en el 2001. Del 2002 al final del año, un total de 5,413 antiguos combatientes pidieron la re-inscripción. La re-inscripción abrió el camino para más de 11,000 personas adicionales con incapacidades para recibir beneficios gubernamentales. A julio, el gobierno había aceptado 1,053 nuevos beneficiarios y descalificado a 1,204 antiguos combatientes incapacitados de recibir beneficios. Según Jesús Avalos de la Asociación de Combatientes Heridos de El Salvador, algunos antiguos beneficiarios estaban experimentando problemas psicológicos y de drogas.

Esfuerzos para combatir la discriminación y aumentar las oportunidades para aquellos cuyas incapacidades no estaban relacionadas con la guerra estaban en crecimiento pero continuaban inadecuadas. El Ministerio del Trabajo promovió el cumplimiento voluntario con una ley del 2000 que requiere a las empresas a emplear una persona con incapacidad por cada 25 empleados, un aumento del requisito pre-existente de 1 por 50. Los recursos limitados del Ministerio y la descentralización de sus archivos significó que no había información confiable en cuanto al número de personas con incapacidades que estaban empleadas; sin embargo, la tasa de desempleo era significativamente superior que aquella de la población en general.

Acceso por personas minusválidas a la educación básica era limitada debido a falta de facilidades y transportación adecuada. Sólo unos pocos de los promotores de salud gubernamentales basados en las comunidades han sido adiestrados para tratar a personas minusválidas y ellos raramente proveyeron ese servicio.

Existían varias organizaciones dedicadas a proteger y a promover los derechos de personas con incapacidades, pero el financiamiento era insuficiente. Fondos extranjeros para servicios de rehabilitación necesitados urgentemente fueron canalizados a través de la Fundación Teletón Pro- Rehabilitación, una organización voluntaria privada local, ayudaron a encarar numerosos temas de rehabilitación y proveyó alternativas para la educación y rehabilitación de personas con incapacidades. El gobierno y organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales proveyeron financiamiento al Instituto Salvadoreño de Rehabilitación de Inválidos, que tiene 10 centros a través del país y ofrece tratamiento médico, consejería, programas de educación especial y cursos de adiestramiento profesional.

Pueblos Indígenas

La Constitución dice que los lenguajes indígenas son parte del patrimonio nacional y deben ser preservados y respetados. En la realidad, muy