DHS
anuncia extensión de 18 meses
de TPS para Salvadoreños
Enero 6, 2005
WASHINGTON - Como parte de los esfuerzos continuos de la
Administración de asistir a personas de El Salvador
en la recuperación de los terremotos devastadores
que afectaron a dicha nación en 2001, el Departamento
de Seguridad del Territorio Nacional (DHS por sus siglas
en inglés) y la Oficina de Ciudadanía y
Servicios de Inmigración (USCIS) anunciaron hoy
la extensión del Estatus de Protección
Temporal (TPS) para El Salvador por un período
de 18 meses hasta el 9 de septiembre de 2006. Bajo esta
extensión, la cual entra en vigor el 9 de marzo
de 2005, las personas que ya estaban registradas en el
TPS anteriormente podrán vivir y trabajar en los
Estados Unidos sin perder su estatus. Actualmente, hay
aproximadamente 248,242 ciudadanos salvadoreños
(o personas sin nacionalidad que vivían habitualmente
en El Salvador) que son elegibles para reinscribirse.
Los salvadoreños con TPS deben reinscribirse para
la extensión de 18 meses durante el período
de 60 días asignado para tal efecto, el cual empieza
el 7 de enero de 2005 y permanecerá en vigor durante
60 días desde esa fecha. El periodo de reinscripción
terminará el martes 8 de marzo. USCIS ha dado a
los beneficiados con el TPS 60 días para reinscribirse.
No obstante, para asegurar una oportuna calendarización
de la recolección de datos biométricos en
uno de los centros de atención de USCIS y para evitar
posibles intervalos en la autorización legal de
empleo, se hace un urgente llamado a los salvadoreños
beneficiarios del TPS a que no esperen al final del periodo
de reinscripción para tramitar sus documentos. Para
permitir un periodo amplio para que USCIS pueda procesar
los Documentos de Autorización de Empleo de la gran
cantidad de salvadoreños elegibles, el DHS ha concedido
prórroga automática de seis meses de la fecha
límite del Documento de Autorización de Empleo
(EAD) otorgado a los salvadoreños bajo la actual
extensión del TPS. La validez del documento llegará al
9 de septiembre de 2005.
En esta ocasión, las instrucciones para reinscribirse
al TPS son diferentes a las de 2003 y todos los salvadoreños
que se reinscriban deben seguir las nuevas instrucciones.
Las solicitudes de reinscripción deben ser enviadas
por correo a las direcciones de USCIS que se detallan abajo
o por vía electrónica por medio del sistema
E-filing en el sitio www.uscis.gov .
La sección 244 del Acta de Inmigración
y Naturalización autoriza al Secretario de Seguridad
Nacional conceder el TPS a personas en los Estados Unidos
que provienen de países que han sufrido conflictos
armados, desastres naturales u otras condiciones extraordinarias
que han creado una situación temporal peligrosa.
El 9 de marzo de 2001, el Fiscal General (sobre quien
recaía la autoridad de conceder el TPS previo
a la creación del Departamento de Seguridad Nacional,
el 1 de marzo de 2003) concedió el TPS a El Salvador
basado en la devastación ocasionada por una serie
de severos terremotos. Esta designación fue extendida
en dos ocasiones. La extensión más reciente
expira el 9 de marzo de 2005. Debido a que la reconstrucción
de la infraestructura y las viviendas dañadas
por los terremotos aún está en marcha,
el Gobierno de los Estados Unidos ha decidido autorizar
una extensión de 18 meses del TPS ya que El Salvador
se encuentra imposibilitado, en forma temporal, de manejar
adecuadamente el retorno de sus ciudadanos.
Para reinscribirse para la obtención de TPS en
virtud de la prórroga, un solicitante de TPS deberá presentar
el Formulario I-821 (Solicitud del Estatus de Protección
Temporal) sin el costo de trámite, el Formulario
I-765 (Solicitud de Autorización para Trabajar)
con el costo de trámite si está solicitando
el documento de autorización para trabajar, y el
pago de $70 por servicio de biometría en relación
con cada solicitante de 14 años o mayores. Los solicitantes
menores de 14 años que soliciten un EAD también
deberán abonar un pago por biometría de $70.
Todos los solicitantes que aspiren un EAD con validez hasta
el 9 de septiembre de 2006, deberán abonar un pago
de inscripción de $175 con el Formulario I-765.
Los solicitantes podrán pedir una exención
del pago del costo de acuerdo con las normas. Sin embargo,
respecto al pago del costo por biometría, no habrá exención
alguna.
La falta de entrega de los formularios I-821 y el I-765
(completamente llenos) con todos los costos de inscripción
implicará un retraso o inclusive el rechazo de la
solicitud de reinscripción. Los solicitantes de
TPS no deberán entregar fotografías junto
con la solicitud de TPS ya que las fotografías y
las huellas digitales se tomarán en el momento en
que el solicitante se presenta en el Centro de Soporte
de Inscripción (ASC) para retirar la biometría.
USCIS ha publicado una revisión al formulario I-821
(Solicitud del Estatus de Protección Temporal. Sólo
formularios con fecha de revisión 11/5/2004 serán
aceptados. Versiones anteriores del formulario serán
rechazadas. El Formulario I-821 revisado se encuentra disponibles
en el sitio web de USCIS en www.uscis.gov y también
estará disponible en las oficinas locales de USCIS
, y a través de los formularios en línea
del USCIS.
Favor tomar en cuenta que la oficina de entrega ha cambiado.
Los solicitantes no deben enviar sus solicitudes a los
Centros Nacionales de Atención al Cliente del
USCIS. El no utilizar el Apartado Postal apropiado puede
atrasar el proceso de solicitud de extensión del
TPS.
Si usted se está reinscribiendo y con anterioridad
ha enviado su solicitud al Centro de Asistencia de Vermont,
el formulario I-821, el formulario I-765, los pagos, y
todos los documentos suplementarios debe ser procesada
en el apartado Postal del Servicio de Ciudadanía
e Inmigración de Estados Unidos en Chicago:
Servicio de Ciudadanía e Inmigración de
EE.UU.
P.O. Box 6943,
Chicago, IL 60680-6943
o para envíos que no correspondan al Servicio Postal
de los Estados Unidos (USPS):
Servicio de Ciudadanía e Inmigración de
EE.UU..
Attn: TPS/VSC.
427 S. LaSalle-3rd floor
Chicago, IL 60605.
Si usted se está reinscribiendo y ha enviado anteriormente
su solicitud al Centro de Asistencia de California, Texas
o Nebraska, o si está enviando el registro tardío
inicial, el formulario I-821, el formulario I-765, los
pagos, y todos los documentos suplementarios debe ser procesada
en el apartado Postal del Servicio de Ciudadanía
e Inmigración de Estados Unidos en Chicago:
Servicio de Ciudadanía e Inmigración de
EE.UU.
Attn: TPS El Salvador
P.O. Box 87583,
Chicago, IL 60680-0583;
o para envíos que no correspondan al Servicio Postal
de los Estados Unidos (USPS):
Servicio de Ciudadanía e Inmigración de
EE.UU.
Atten: TPS/El Salvador
427 S. LaSalle-3rd floor,
Chicago, IL 60605.
Los solicitantes que se estén re-inscribiendo para
el TPS bajo la designación de El Salvador durante
el periodo de reinscripción, desde la fecha de publicación
en el Registro Federal hasta 60 días después
de su publicación en el Registro Federal, pueden
enviar sus formularios I-821, I-765 y sus pagos electrónicamente
utilizando el sistema de E-Filing del sitio web, www.uscis.gov.
Para poder utilizar de manera correcta el sistema electrónico
de E-Filing, los solicitantes deben iniciar completando
primero electrónicamente el formulario I-821, y
el sistema llevará al solicitante al formulario
I-765 luego de haber completado el formulario I-821. El
no seguir estas instrucciones puede resultar en un formulario
incompleto y atrasar el proceso de la solicitud del TPS.
Más información puede ser obtenida en el
número gratuito del Centro Nacional de Atención
al Cliente de USCIS: 1-800-375-5283 o en el sitio web de
USCIS: www.uscis.gov. Los formularios para el TPS pueden
ser obtenidos a través del número gratuito
del USCIS Forms, 1-800-870-3676, o en el sitio web www.uscis.gov.
Documentos Relacionados:
[ Preguntas
y respuestas sobre extensión del TPS ]
[ Información del
TPS en sitio web de DHS ]
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